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Acceso a la información pública


Descripción:
Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, entendiendo como tal el conjunto de los contenidos o los documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de este Ayuntamiento y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.

No es necesario motivar la solicitud ni se tiene que acreditar un interés legítimo; sólo se requiere una descripción precisa de la información solicitada.


Unidad tramitadora:
La que corresponda por razón de la materia sobre la que se solicita la información.

Organo de Resolución:
La concejalía del área en cuyo poder obre la información solicitada, por razón de la materia.

Requisitos:
Cualquier persona puede solicitar información, en los términos previstos en el art. 105.b) de la Constitución Española.

Tasas:
El acceso a la información será gratuito. No obstante, la obtención de copias y la transposición a formatos diferentes del original podrán estar sujetas al pago de las tasas establecidas de acuerdo con lo previsto en las ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Adeje.

Plazo máximo para resolver y notificar:
UN (1) MES desde la presentación de la solicitud. Cuando el volumen o la complejidad de la información solicitada lo justifiquen, el plazo se podrá ampliar por otro mes, informando de esta circunstancia al solicitante.

Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio.

Recursos :
Contra el acto administrativo que ponga fin al procedimiento o contra la inactividad del Ayuntamiento, la persona interesada podrá interponer, alternativamente:

- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativa de Santa Cruz de Tenerife en el plazo de DOS (2) MESES) contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

- Reclamación ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa, en el plazo de UN (1) MES a contar desde la notificación o publicación del acto, si el acto fuera expreso, o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto, si el acto no fuera expreso. Esta reclamación sustituye a los recursos administrativos de conformidad con lo establecido en el artículo 112.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Cómo realizar el trámite:
Por medios electrónicos a través de esta sede electrónica, apartado "tramitar".

De forma presencial. En este caso, deberá cumplimentar el modelo de solicitud disponible en el apartado "tramitación presencial", así como la documentación adjunta que proceda, según el caso y, posteriormente, presentarlo en uno de los siguientes lugares:

- En la Oficina de Atención a la Ciudadanía (Calle Grande 1, Adeje), con cita previa para registro de entrada: pinche aquí para solicitar cita previa o llamando al 922 756200.

- En el resto de lugares y formas previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPACAP.

Última actualización:
09.02.2022

Tramitación presencial


Tramitación electrónica




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C/ Grande, 1   38670, Adeje
Horario: 8:00 - 15:00 h