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Subsanación, mejora de solicitud o cumplimiento de otros trámites.


Descripción:

Subsanación o mejora de solicitud

Cualquier persona interesada puede mejorar una solicitud que haya presentado o subsanar las deficiencias o faltas de las que adolezca, bien forma voluntaria o bien por haber recibido expresamente un requerimiento por parte del Ayuntamiento.

Las solicitudes de inicio de los procedimientos administrativos tienen una serie de datos y documentos mínimos y necesarios para poder iniciar la tramitación correspondiente. Si la solicitud de inicio no reúne los requisitos mínimos el órgano que tramite el procedimiento requerirá a la persona interesada para que en un plazo de diez (10) días, en algunos casos ampliable a quince (15) días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivo.

Si termina ese plazo y no se atiende el requerimiento de subsanación, el órgano competente dictará una resolución en la que se tendrá a la persona interesada por desistida de su petición.

Cumplimiento de trámites

En cualquier momento del procedimiento, cuando el órgano que lo tramita considere que alguno de los actos de las personas interesadas no reúne los requisitos necesarios, lo pondrá en conocimiento de su autor, concediéndole un plazo de diez días a partir del siguiente al de la notificación del correspondiente acto para cumplimentarlo, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto.

En este caso, si la persona interesada no cumple con lo dispuesto en el apartado anterior, el órgano que tramita el procedimiento le podrá declarar decaída en su derecho al trámite correspondiente. No obstante, se admitirá la actuación de la persona interesada y producirá sus efectos legales, si se produjera antes o dentro del día que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo.

Unidad tramitadora:
La que tramite el procedimiento en concreto por razón de la materia.

Cómo realizar el trámite:
Por medios electónicos a través de esta sede electrónica, pinchando en el botón "tramitar" de esta página.

De forma presencial. En este caso se deberá cumplimentar y firmar el formulario de solicitud disponible en el apartado "tramitación presencial" y, junto con la documentación adjunta que proceda, presentarlos en la Oficina de Atención a la Ciudadanía (C/ Grande 1, planta baja, Adeje). Puede solicitar cita previa pinchando aquí.

Recuerde que solamente pueden realizar el trámite de forma presencial las personas físicas no obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Pública.

En el resto de lugares y formas previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Última actualización:
29.05.2023

Tramitación presencial


Tramitación electrónica




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C/ Grande, 1   38670, Adeje
Horario: 8:00 - 15:00 h