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Subsanación, mejora de solicitud o cumplimiento de otros trámites del Servicio de Urbanismo y Patrimonio.


Descripción:
Subsanación o mejora de solicitud

Las solicitudes de inicio de los procedimientos administrativos o comunicaciones previas tienen una serie de datos y documentos mínimos y necesarios para poder iniciar la tramitación correspondiente. Así, cualquier persona interesada en un procedimiento tramitado por el Servicios de Urbanismo y Patrimonio puede mejorar una solicitud o comunicación que haya presentado o subsanar las deficiencias o faltas de las que adolezca, bien forma voluntaria o bien por haber recibido expresamente un requerimiento por parte del Ayuntamiento.

Si la solicitud de inicio de procedimiento administrativo o las comunicaciones previas presentadas no reúnen los requisitos mínimos el órgano requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de diez (10) días, en algunos casos ampliable a quince (15) días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos; informándole de que si termina ese plazo y no se atiende el requerimiento de subsanación, el órgano competente dictará resolución bien de desistimiento o de inadmisión de la solicitud y en los supuestos de comunicaciones previas se informará de la ineficacia de la misma.

Cumplimiento de trámites

En cualquier momento del procedimiento, cuando el órgano que lo tramita considere que alguno de los actos de las personas interesadas no reúne los requisitos necesarios, lo pondrá en conocimiento de su autor, concediéndole un plazo de diez días a partir del siguiente al de la notificación del correspondiente acto para cumplimentarlo, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto.

En este caso, si la persona interesada no cumple con lo dispuesto en el apartado anterior, el órgano que tramita el procedimiento le podrá declarar decaída en su derecho al trámite correspondiente. No obstante, se admitirá la actuación de la persona interesada y producirá sus efectos legales, si se produjera antes o dentro del día que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo.

Cómo realizar el trámite:
Por medios electrónicos, a través del apartado "tramitar" de esta página.

De forma presencial (solo para personas físicas no obligadas a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas). En este caso deberá cumplimentar y firmar el formulario de solicitud disponible en el apartado "Tramitación presencial", así como la documentación adjunta que proceda, según el caso y, posteriormente, presentarlo en uno de lo siguientes lugares:

- Preferentemente en el Negociado de Gestión y Ejecución Urbanística (Calle Grande, 1, planta 3ª), de lunes a viernes excepto los declarados festivos, en horario de 9:00 a 13:00, solicitando cita previa a través de la dirección de correo electrónico urbanismo@adeje.es.

-En la Oficina de Atención a la Ciudadanía (Calle Grande 1, Adeje), Puede solicitar cita previa para registro de entrada: pinchando aquí o llamando al 922756200.

- En el resto de lugares y formas previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPACAP.

Información y consultas:
Por teléfono llamando al 922 756200 (Ext. 4232 o 4335), de lunes a viernes excepto los declarados festivos, en horario de 9:00 a 13:00.

Última actualización:
06.07.2023

Tramitación presencial


Tramitación electrónica




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C/ Grande, 1   38670, Adeje
Horario: 8:00 - 15:00 h