Sede Electrónica>Ayuntamiento>Trámites>Información del trámite

Solicitud de bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmmuebles (IBI) de Naturaleza Urbana para familias numerosas


Descripción:
Los sujetos pasivos del impuesto de bienes inmuebles (IBI) de naturaleza urbana, que en el momento del devengo tengan la condición de titulares de familia numerosa gozarán de una bonificación en el impuesto correspondiente a la vivienda habitual de la familia.

A tal efecto, se entenderá por vivienda habitual aquella unidad urbana de uso residencial destinada exclusivamente a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del sujeto pasivo y su familia. Se presumirá que la vivienda habitual de la familia numerosa es aquélla en la que figura empadronada la familia.

En el supuesto de que el sujeto pasivo beneficiario sea titular de más de un inmueble radicado en la Villa de Adeje, la bonificación quedará referida a una única unidad urbana, siempre que, además, constituya la vivienda habitual de la unidad familiar, sin que pueda gozarse de más de una bonificación aunque fueran varias las viviendas de que dispusiere el sujeto pasivo o su familia.

En el caso que el sujeto pasivo sea titular de más de dos viviendas en el municipio de la Villa de Adeje, no procederá la aplicación de la presente bonificación sobre ninguna de las mismas.

Esta bonificación, que tiene carácter rogado, sólo será aplicable para un sólo bien inmueble por titular de este beneficio fiscal y tendrá validez por el plazo que tenga la clasificación de familia numerosa.

El porcentaje de la bonificación, se determinará, de acuerdo con la categoría de la familia numerosa y el valor catastral de su vivienda habitual, según se establece a continuación

Valor catastral de la vivienda habitual familiar :

Hasta 50.000 euros:
80% porcentaje de bonificación para familias numerosas de categoría general
90% porcentaje de bonificación para familias numerosas de categoría especial

Entre 50.000,01 y 80.000 euros:
60% porcentaje de bonificación para familias numerosas de categoría general
70% porcentaje de bonificación para familias numerosas de categoría especial

Entre 80.000,01 y 120.000 euros:
40% porcentaje de bonificación para familias numerosas de categoría general
50% porcentaje de bonificación para familias numerosas de categoría especial

Más de 120.000 euros: 0%


Unidad tramitadora:
Gestión Tributaria
Organo de Resolución:
Decreto del Concejal
Requisitos:
1. Poseer la condición de Familia Numerosa (Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas) a la fecha del devengo del impuesto.
2. Que el titular de la Familia Numerosa tenga también la condición de sujeto pasivo del bien inmueble para el que se insta la bonificación en el Padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
3. Que el inmueble para el que se solicita la bonificación constituya la vivienda habitual de la familia numerosa. Se presumirá que la vivienda habitual de la familia numerosa es aquélla en la que figura empadronada.
4. Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de la Villa de Adeje.
5. El sujeto pasivo no podrá ser titular de más de dos viviendas en el municipio.
6. El valor catastral tiene que estar individualizado.
7. Domiciliar el pago en una entidad bancaria.

Plazo máximo para resolver y notificar:
SEIS (6) MESES desde la fecha de presentación de la solicitud.
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio
Cómo realizar el trámite:
Puede descargarse y cumplimentar el impreso de solicitud en la sede electrónica y presentarlo por los siguientes medios:

Presencialmente:
- Oficina de Atención al Ciudadano (C/ Grande, planta baja), en horario de atención al público.
- Departamento de Gestión Tributaria (C/ Grande, 1, 2ª planta), en horario de atención al público
- Oficina de la Recaudación Municipal (C/ Tinerfe el Grande, 32), en horario de atención al público

Por el resto de formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de LPACAP,

Información y Consultas

Por teléfono llamando al 922 711526 (Recaudación Municipal) ó 922 756200 (departamento de Gestión Tributaria), De lunes a viernes, en horario de atención al público, excepto los declarados festivos.

Plazo de presentación:
Antes del 31 de diciembre para que surta efectos a partir del año siguiente y posteriores.
Sólo para 2016 se amplia el plazo hasta el 29 de febrero de 2016.

Última actualización:
27.04.2016

Subir

C/ Grande, 1   38670, Adeje
Horario: 8:00 - 15:00 h